JUSTIFICACIÓN:
Con la expedición de la ley Ana Cecilia Niño, Colombia dio un paso muy importante hacia la prohibición del asbesto, uno de los carcinógenos ocupacionales más reconocidos, responsable de aproximadamente la mitad de las muertes por cáncer ocupacional.
Sin embargo, en los países con registros fiables y precisos en lo que respecta a las enfermedades relacionadas con el asbesto, la incidencia de mesoteliomas y otros casos de cáncer relacionados con exposiciones no profesionales tiende a ser cada vez más elevada.
Es por ello que el país, en todo su espectro social, debe revisar a fondo los avances en las herramientas que brinda la ley y su implementación en temas como la sensibilización social sobre los riesgos que representa el asbesto, la respuesta de atención a las víctimas, las políticas públicas por parte del Estado colombiano, el estudio e investigación de la problemática asociada a este mineral, la cadena de manejo del asbesto existente, la capacidad técnica y humana en materia de laboratorios para el análisis e identificación del asbesto, las alternativas para la eliminación del asbesto y las acciones para el cumplimiento de las normas emanadas de la ley 1968 de 2019, más conocida como Ley Ana Cecilia Niño.
ANTECEDENTES:
En 2019, un gran movimiento social de organizaciones académicas, sociales y no gubernamentales, institucionales, políticas y mediáticas logró prohibir el asbesto en Colombia a través de la expedición de la ley Ana Cecilia Niño (Ley 1968 de 2019), que entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2021.
A partir de ese momento, se prohibió explotar, producir, comercializar, importar, distribuir o exportar cualquier variedad de asbesto y productos elaborados con él en el territorio nacional.
Una vez publicada y sancionada la ley, dos aspectos entraron en la agenda prioritaria de todas las organizaciones participantes y del Estado colombiano.
1. Política pública de sustitución del asbesto in situ (artículo 3);
2. Medidas de identificación y seguimiento a la salud de los trabajadores durante un periodo umbral de 20 años (artículo 3, apartado 2) mediante la identificación de los trabajadores afectados por la exposición al asbesto y, de esta forma, generar los estudios epidemiológicos necesarios para el cumplimiento de la salud de estos trabajadores (artículo 5).
Para ello, se crea la ruta para la atención integral de las personas expuestas al asbesto, a través de la cual se debe brindar información y orientación sobre los derechos, medidas y recursos a su disposición, y la atención en salud, incluyendo los exámenes médico-legales y especializados orientados al diagnóstico y tratamiento (Artículo 12).
OBJETIVOS:
El ciclo de conferencias ASBESTOS EN COLOMBIA 2024 busca promover la implementación de la Ley Ana Cecilia Niño para generar un espacio de discusión y debate sobre el asbesto no sólo en Colombia, sino en América Latina, a través de la incidencia internacional de expertos de países con experiencia en esta problemática.
Buscará fortalecer el compromiso de las autoridades y de la sociedad en general con la implementación efectiva de la Ley Ana Cecilia Niño. Esto incluye la sensibilización social sobre los riesgos que representa el asbesto, la respuesta de atención a las víctimas, las políticas públicas por parte del Estado colombiano, el estudio e investigación de la problemática asociada a este mineral, la cadena de manejo del asbesto existente, la capacidad técnica y humana en materia de laboratorios para el análisis e identificación del asbesto, las tecnologías alternativas para la eliminación del asbesto y las acciones para el cumplimiento de la normatividad emanada de la ley de 1968, más conocida como Ley Ana Cecilia Niño.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
El proyecto ASBESTO EN COLOMBIA 2024 es un encuentro internacional de conferencias para presentar la problemática relacionada con el uso industrial del asbesto, desde diferentes enfoques derivados de la ley Ana Cecilia Niño (Ley 1968 de 2019).
Durante dos días en Bogotá se llevará a cabo un ciclo de conferencias con el objetivo de promover el manejo adecuado del asbesto instalado y revisar los avances en la identificación y vigilancia de la población expuesta al asbesto, y revisar los desarrollos en la implementación de la Ley Ana Cecilia Niño (Ley 1968 de 2019).